3. Este corte epistemológico nos permite adentrarnos en su teoría de la interpretación(judicial). Para Kelsen, el intérprete no descubre el sentido correcto de una norma, guiado por un proceso racional. Este elige el sentido que considera más adecuado, dentro del margen…
…relativamente amplio de una norma ¿qué anima esta elección? Kelsen no dudará en señalar que se trata de una serie de referentes morales, y por tanto ideológicos. Lo que anima la elección del intérprete no es la ciencia, sino una serie de criterios de política jurídica.
4. Esto significa que, mientras desde el punto de vista interno, el participante puede asumir una serie de compromisos políticos para interpretar y tomar decisiones, desde el punto de vista externo, la interpretación científica se propone describir lo que observa.
Esto último nos aclara que Kelsen nunca dijo que el derecho esté separado de la moral(política-ideología) o que deba estarlo. Lo que nos quiere decir es que la investigación científica debe poner en suspenso los valores que comparte el derecho de una época para observarlo con…
5. Esto también nos permite entender una dimensión realista en la lectura de Kelsen. El derecho corresponde con un entramado de normas el que se juega constantemente la interpretación del sentido. La respuesta no es dada de forma natural, sino que es el producto de un trabajo
…que lleva a cabo el intérprete en un campo donde la política desempeña un rol fundamental. Esta lucidez es posible si cultivamos el sano escepticismo que solo la ciencia nos puede dar.
6. Claramente Kelsen tampoco fue un realista crítico, y su esfuerzo por diferenciar el estudio de la política del derecho de sus aspectos estrictamente formales y normativos, ha llevado a bastantes malos entendidos y exageraciones en el estudio y la enseñanza del derecho.